Exención de IVA para empresas de la UE

Vendemos con los precios sin IVA. Si compras desde otro país de la UE y tu empresa está dada de alta para operaciones intracomunitarias, tu pedido va exento por el art. 25 de la Ley 37/1992 (inversión del sujeto pasivo: el IVA lo liquidas tú en tu país).

Déjanos aquí tu NIF-IVA y lo dejamos aplicado en tu cuenta. Es una sola vez.



Tiene que ser el mismo correo con el que vayas a pagar.


Con el prefijo de país. Grecia es EL, no GR. Si tu empresa está en España, no rellenes esto: una venta entre dos empresas españolas lleva IVA español.

Guardamos el NIF-IVA y la fecha en que lo comprobamos porque el art. 25 de la Ley 37/1992 hace responsable al vendedor de acreditar la condición de empresario del comprador. Si el número no resulta válido, retiramos la exención y el IVA vuelve a aplicarse.